Los impuestos: El empleo propio en el tiempo de la “Gig economy”

Nos encontramos en la tercera semana del mes de marzo y como tal, estamos justo en el punto medio de nuestro programa de impuestos gratuitos VITA Latino.

Una situación que vemos frecuentemente son personas que trabajan en la economía compartida, también conocida como “Gig economy”.

El trabajo de la economía compartida es cierta actividad que realiza para obtener ingresos, a menudo a través de una aplicación o sitio web (plataforma digital), como: 

  • Conducir un automóvil para viajes o entregas reservadas

  • Alquilar una propiedad o parte de ella

  • Completar mandados o tareas

  • Vender productos en línea

  • Alquiler de equipos

  • Brindar servicios creativos o profesionales

  • Proporcionar otro trabajo temporal, por encargo o de forma independiente.

 

Durante la temporada de elaboración de impuestos, muchas personas no consideran estas actividades como negocio propio a pesar de serlo. Si este es su caso, es recomendable tomar ciertas precauciones y seguir ciertas recomendaciones para que su negocio prospere y ademas evitar multas.

Aviso importante, éste articulo pretende informar sobre situaciones generales, si necesita consejos específicos para su negocio, por favor contacte a un experto local (puede pedir referencias entre sus conocidos por un CPA de confianza o usar recursos locales como https://members.lacccharlotte.com/search)

 

¿Quiénes deben pagar impuestos?

Hay que presentar una declaración de impuestos si tiene ganancias netas anuales del trabajo por cuenta propia de $400 o más del trabajo de economía compartida incluso si es un trabajo secundario, a tiempo parcial o temporal. Algunas empresas del sector no entregan 1099 si el monto de ganancias del servicio es menor de $650, sin embargo, esta no es una razón para no declarar por lo recomendamos hacer tus impuestos aún y cuando no recibas el 1099 si el monto ganado es más de $400.

Usted tiene que pagar impuestos sobre los ingresos que gana del trabajo de la economía compartida. Si realiza trabajos de la economía compartida, su empleador debe retener impuestos de su cheque de pago. Si trabaja como contratista independiente, es posible que tenga que pagar impuestos estimados. ¿No está seguro si es un empleado o un contratista independiente? Pregúntele a su empleador o verifique su estado de trabajador (puede leer más sobre el tema en este articulo ¿Contratista independiente (trabajador por cuenta propia) o empleado? https://www.irs.gov/es/businesses/small-businesses-self-employed/independent-contractor-self-employed-or-employee)

 

Qué hacer

Encuentre informacion de impuestos en estas Guías de impuestos para trabajadores por cuenta propia de MyFreeTaxes creadas por United Way: https://myfreetaxes.com/es/gu%C3%ADasdeimpuestos

Siga los siguientes consejos de IRS para las personas que trabajan en la economía compartida:

Finalmente, puede presentar sus impuestos en base a lo ganado en la “Gig economy” como parte de su declaración personal, de forma gratuita, haciendo una cita en www.vitalatino.org. Asegúrese de llevar los documentos de ingresos y gastos, además de los totales de todo el año.


Agradecemos el apoyo de Gustavo Giordanelli, CPA, voluntario destacado de VITA Latino, cuyo aporte enriqueció el valor de este artículo.

Equipo Buenas Finanzas

Somos tu aliado para un futuro financiero brillante y lleno de esperanza.

Previous
Previous

Me pagan con 1099-NEC y en efectivo, ¿y ahora?

Next
Next

VITA Latino en febrero